FOLLETO INFORMATIVO DE FINANCIACION HIPOTECARIA
ibanesto.com
Folleto de carácter informativo1 que se completa
con las fichas particulares de cada producto registradas en el Banco de España
con nº de registro 2282/03 que recoge las características y condiciones
específicas de cada producto hipotecario comercializado a través
de www.ibanesto.com los cuales están vigentes en el momento de solicitarlo
el cliente.
- OFERTA DE HIPOTECAS: En las diferentes modalidades financieras de tipo
fijo y tipo variable, con cuotas constantes para la finalidad de adquisición
de vivienda habitual o de segunda residencia.
- CUANTIA: Hasta el 80% del valor de tasación de la vivienda
habitual o de la segunda residencia, respectivamente, en función del tipo
de bien objeto de garantía.
- PLAZO: Hasta 35 años, en función de:
- La edad de los prestatarios.
- La vivienda a adquirir.
- PERIODICIDAD DE LOS PAGOS: Serán mensuales.
- AMORTIZACIÓN DEL PRINCIPAL: Cuotas constantes, comprensivas
de capital e intereses, calculadas con el sistema francés de amortización.
- TIPO DE INTERÉS:
- Variable: Con tipo de interés fijo durante un máximo
de 12 meses y tipo variable el resto del plazo. Revisiones anuales en función
del índice de referencia Euribor Hipotecario más el diferencial
correspondiente.
- Fijo: Durante toda la vida del préstamo.
- COMISIONES: Los conceptos aplicables son:
- Apertura
- Modificación de condiciones y/o garantías
- Amortización parcial anticipada
- Cancelación total anticipada
- Cancelación total por cambio de acreedor hipotecario: subrogación
activa
- Reclamación de posiciones deudoras
- GASTOS A CARGO DEL PRESTATARIO:
- Tasaciones: Efectuadas por Sociedades de Tasación inscritas
en el Registro Especial del Banco de España y homologadas por el Banco
Como ejemplo, el coste de tasación de una vivienda de hasta 150.000 euros
es de 210 euros
- Comprobaciones Registrales: Podrán aportarse por el cliente
o ser efectuada por entidades especializadas homologadas por el Banco
El coste orientativo de la nota simple por cada finca registral es de 15 euros
- Impuestos: La formalización de la escritura pública de
préstamo hipotecario está sujeta al Impuesto de Actos Jurídicos
Documentados
La base imponible es la total responsabilidad hipotecaria de los inmuebles hipotecados
y el tipo de gravamen será el vigente en cada Comunidad Autónoma
Las subrogaciones activas en préstamos hipotecarios procedentes de otra
Entidad Financiera estas exentas de este impuesto
- Gestoría: Gastos producidos por la tramitación de las
escrituras ante Hacienda y el Registro de la Propiedad. Este servicio será
efectuado por entidades especializadas homologadas por el Banco.
- Aranceles Notariales y Registrales: Derivados del otorgamiento de la
escritura pública de préstamo o crédito hipotecario y su
inscripción en el Registro de la Propiedad
La base imponible de ambos aranceles es la total responsabilidad hipotecaria de
las fincas hipotecadas, excepto en las subrogaciones activas que es el saldo pendiente
del préstamo
El cliente puede proponer y elegir, de mutuo acuerdo con el Banco, las personas
o entidades que vayan a llevar a cabo la tasación de los inmuebles hipotecados,
la gestión administrativa de la operación y la entidad aseguradora.
La designación del Notario ante el que se otorgará la correspondiente
escritura pública se realizará conforme a lo dispuesto en la legislación
notarial.
- MOMENTO Y FORMA DE ABONO DE LOS GASTOS A CARGO DEL PRESTATARIO:
- Los gastos de tasación y comprobación registral deberán
ser abonados por los solicitantes en una cuenta del Banco, aun cuando la operación
no llegue a formalizarse, realizando la oportuna provisión de fondos en
el momento de la solicitud del préstamo
- Los gastos relacionados con la firma e inscripción de la escritura:
impuestos, gestoría y aranceles notariales y registrales se atenderán
por la provisión de fondos que realizará el cliente en el momento
anterior a la formalización de la operación
- ESTIMACIÓN DE GASTOS DE FORMALIZACIÓN A CARGO DEL CLIENTE
Se indican los importes estimados de los aranceles notariales y registrales,
gastos de tramitación e impuestos, suponiendo un tipo del Impuesto de Actos
Jurídicos documentados del 1% y una total responsabilidad hipotecaria del
150% del principal
|
Importe de la
Hipoteca
|
NOTARIA
|
Registro de la
Propiedad
|
GESTORÍA
|
Actos Jurídicos
Documentados
|
TOTAL
|
|
63.106,27
|
585,18
|
168,28
|
250
|
991
|
1.994
|
|
75.126,51
|
603,22
|
186,31
|
250
|
1.127
|
2.166
|
|
96.161,94
|
618,99
|
204,34
|
250
|
1.442
|
2.515
|
|
117.197,36
|
634,77
|
228,38
|
250
|
1.756
|
2.869
|
|
210.354,24
|
704,64
|
300,51
|
300
|
3.155
|
4.460
|
- EVOLUCIÓN EURIBOR HIPOTECARIO A UN AÑO
|
LA EVOLUCIÓN DEL EURIBOR HIPOTECARIO A UN
AÑO EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES HA SIDO LA SIGUIENTE
|
|
MES
|
2004
|
2005
|
2006
|
2007
|
| ENERO |
-- |
2,312 |
2,833 |
4,064 |
| FEBRERO |
-- |
2,310 |
2,914 |
4,094 |
| MARZO |
-- |
2,335 |
3,105 |
4,106 |
| ABRIL |
-- |
2,265 |
3,221 |
4,253 |
| MAYO |
-- |
2,193 |
3,308 |
4,373 |
| JUNIO |
-- |
2,103 |
3,401 |
4,505 |
| JULIO |
-- |
2,168 |
3,539 |
4,564 |
| AGOSTO |
-- |
2,223 |
3,615 |
4,666 |
| SEPTIEMBRE |
2,377 |
2,220 |
3,715 |
4,725 |
| OCTUBRE |
2,316 |
2,414 |
3,799 |
4,647 |
| NOVIEMBRE |
2,328 |
2,684 |
3,864 |
4,607 |
| DICIEMBRE |
2,301 |
2,783 |
3,921 |
4,793 |
- TABLA ORIENTATIVA DE CUOTAS PERIODICAS
Para cuotas mensuales constantes, calculadas con el sistema francés
de amortización:
|
CUOTAS MENSUALES A PAGAR POR CADA 1.000 EUROS
|
|
Tipo de Interés
|
Plazo de amortización
|
|
10 años
|
20 años
|
30 años
|
| 3% |
9,66 |
5,55 |
4,22 |
| 4% |
10,12 |
6,06 |
4,77 |
| 5% |
10,61 |
6,60 |
5,37 |
| 6% |
11,10 |
7,16 |
6,00 |
| 7% |
11,61 |
7,75 |
6,65 |
- OFERTA COMERCIAL DE PRODUCTOS HIPOTECARIOS
- Adquisición de vivienda habitual
- Adquisición de segunda vivienda
- Cambio de hipoteca
1Conforme a la Orden Ministerial de 5 de mayo de 1.994 sobre Transparencia de Condiciones Financieras de los Préstamos Hipotecarios y la Circular del Banco de España 8/90 y sus modificaciones posteriores.